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Comida sana gana batalla en Sala IV

Natasha Cambronero [email protected] | Jueves 21 junio, 2012




Sodas en centros educativos no podrán vender confites, frituras ni gaseosas a menores de edad
Comida sana gana batalla en Sala IV

Derecho a la salud está por encima de la libertad de comercio, aducen magistrados

Los dueños de sodas en escuelas y colegios públicos no podrán vender confites, frituras ni gaseosas a los estudiantes.
La Sala IV rechazó la acción de inconstitucionalidad que pretendía traerse abajo la directriz de eliminar la comida chatarra del menú que se les vende a los alumnos y en su lugar sustituirla por frutas, vegetales y bebidas naturales.
Para los magistrados, el derecho a la salud está por encima de la libertad de comercio, autonomía municipal y derecho al trabajo. En contraposición a lo que aducen los concesionarios de sodas.
La Sala señala que con la medida establecida por la actual administración, solo se sigue la recomendación de la Organización Mundial de la Salud que insta a los gobiernos a adoptar políticas que apoyen la buena alimentación entre niños y jóvenes.
“Muy satisfecho de que la Sala reitere su apoyo a las potestades del MEP y de Salud de regular esta materia. Queda claro, de nuevo, que los derechos de nuestros niños y adolescentes están por encima de toda consideración económica o mercantil”, manifestó Leonardo Garnier, ministro de Educación tras conocer el fallo.
Esta es la segunda vez que el órgano constitucional rechaza una querella contra el nuevo reglamento que regula la comercialización de alimentos en centros educativos.
Anteriormente, ad portas rechazó un recurso de amparo presentado por Andrés Avalos, asesor legal de Cámara de la Industria Alimentaria.
Unos 20 concesionarios de sodas que forman parte de esa Cámara en esa oportunidad adujeron que la medida restringe los derechos fundamentales en materia municipal y comercial, y por ende es una transgresión de poderes. Alegatos que no encontraron eco en los magistrados.
Desde el pasado 8 de febrero entró en vigor el reglamento que establece los parámetros sobre las cantidades máximas de azúcar, sal o grasa que debe tener cualquier producto alimenticio, preparado, envasado o empaquetado que podrá ser vendido en las sodas.
Desde ese momento, la alimentación en los centros públicos ha mejorado, pues con su entrada en vigencia, las papas tostadas, galletas, gaseosas y confites fueron expulsados.
En su lugar se abrieron las puertas a las frutas, refrescos naturales y los sándwiches bajos en grasa.
Para no quedar por fuera de los centros, la industria alimentaria tuvo que reformar varias líneas de sus snacks y refrescos.
Dos Pinos, Florida Bebidas, Kraft Foods y Demasa son algunas de las empresas.

Natasha Cambronero
[email protected]






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