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Martes, 18 de marzo de 2025



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Procesos de fiscalización: Lo que debe saber

Carlos Camacho [email protected] | Martes 18 marzo, 2025


Ante realidad fiscal del país, la Administración Tributaria no tiene más opción que intensificar la fiscalización parcial o integral de los contribuyentes y sus declaraciones de impuestos.

Ante la posibilidad de que se active un proceso de fiscalización, usted como contribuyente, debe conocer sus derechos y obligaciones, ya sea por un proceso propio o ante preguntas sobre su relación con terceros.

Tenga en cuenta que su relación con la Administración Tributaria se tutela con base en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios y el respectivo reglamento.

Es un vínculo asimétrico pero reglado, en el que usted asume una serie de deberes de colaboración con la Administración sin perder sus derechos constitucionales y legales.

Cada parte, usted como contribuyente y la Administración Tributaria, asume responsabilidades de diverso orden, dependiendo del tipo de acto que la Administración notifique al contribuyente.

En los procesos de fiscalización integral recibirá una notificación sobre el impuesto y el periodo a revisar por Tributación. En este caso, las autoridades deben remitir el criterio objetivo que da origen a la actuación de fiscalización.

Usted como contribuyente debe colaborar con la Administración y proporcionarle toda la información relevante que le sea solicitada sobre el período e impuesto en revisión.

Protéjase, eso sí, y apéguese a los límites de información correspondientes al período en fiscalización. La Administración no puede solicitar información fuera del período en estudio, aunque sí puede en cualquier momento ampliar tanto el tributo en análisis como el período fiscal.

Lo más recomendable es que se asesore con un profesional en fiscalización desde el inicio del proceso, así no solo ejerce sus derechos, sino que reduce significativamente el riesgo de abusos por parte de las autoridades, evita entregar información no relacionada con el procedimiento y minimiza la posibilidad de consecuencias indeseables.

Proteger sus intereses ante un proceso de fiscalización empieza por conocer los riesgos asociados de toda auditoría tributaria.

A través de un mapa de riesgos tributarios usted puede evaluar su cumplimiento formal y material de las obligaciones fiscales de su empresa. Realizar un diagnóstico preventivo le permite detectar áreas susceptibles de objeción por parte de la Administración Tributaria.

Es fundamental contar con un mapa de riesgos tributarios, que permita evaluar el cumplimiento formal y material de las obligaciones fiscales. Esta medida preventiva, de carácter voluntario, ayuda a detectar áreas susceptibles de objeción por parte de la Administración Tributaria.

El diagnóstico sobre la condición de cumplimiento fiscal del contribuyente es especialmente relevante en este momento del año, cuando la mayoría ha completado sus obligaciones tributarias relacionadas con el impuesto a las utilidades del período fiscal anterior.

Un primer análisis debe enfocarse en la correspondencia entre la declaración del impuesto a las utilidades y las 12 declaraciones de IVA. Los datos también deben ser coherentes con otras obligaciones fiscales, como las de retenciones en la fuente. Se deber revisar la correcta aplicación de tarifas en el impuesto sobre remesas al exterior y los pagos o créditos correspondientes a no residentes.

En el caso de no residentes, se debe prestar una especial atención a la aplicación de convenios para evitar la doble tributación internacional con residentes fiscales de España, México, Alemania y Emiratos Árabes Unidos.

La Administración Tributaria prioriza la esencia sobre la forma jurídica, por lo que es fundamental caracterizar adecuadamente los conceptos del convenio para garantizar su correcta aplicación.

Es recomendable que en el diagnóstico se realice una conciliación entre los datos del contribuyente y lo que se encuentra en el Estado de Cuenta Integral del contribuyente en la Administración Tributaria.

Prácticamente todos hemos experimentado una disociación, en mayor o menor medida, entre nuestros registros y lo que tiene la Administración Tributaria. Aunque las autoridades lo nieguen hasta morir, el proceso de jaqueo en el 2022 dejó secuelas indudables en los registros tributarios.

Además, puede haber diferencias porque existen obligaciones intermedias a lo largo del período fiscal, como los pagos por adelanto de renta que, si no se cancelan o se cancelan tarde, generan saldos insolutos que continuarán generando intereses a modo de “bola de nieve.”

Lo bueno es que usted puede solicitar ser eximido de ese pago o al menos reducido, si estima que al final del período su monto de impuesto será menor o inexistente.

En el diagnóstico se debe analizar la vinculación entre la deducibilidad de los gastos y sus vínculos causales con la generación de rentas actuales o futuras. El análisis debe ir más allá de forma, debe hacerse desde el fondo del vínculo. Por supuesto, el aspecto formal es fundamental (contar con la factura, contratos y demás), pero lo es más la esencia de la transacción, el que en efecto haya sucedido y efectivamente tenga un impacto en la generación de ventas.

La revisión también debe analizar la conciliación fiscal del contribuyente. Para hacer un análisis adecuado, no basta con que su empresa tenga una conciliación fiscal, sino que esta debe tener las características de revelación suficiente para que el quien la está revisando pueda llegar a determinar la correcta base imponible del período en estudio.

Para este 2024, toma relevancia en la conciliación fiscal la línea de ajuste por precios de transferencia. Esta obligación deberá declararse para el período fiscal 2024 por parte de los grandes contribuyentes, las empresas en Zona Franca y aquellas que superen los 1.000 salarios base de transacción entre vinculados, siendo esto 462.200.000 colones durante el año.

Un diagnóstico conceptual hecho a conciencia brinda resultados que, según nuestra experiencia, permiten gestionar educada y profesionalmente los riesgos y la eventual atención de requerimientos de información de la Administración Tributaria en las fases de fiscalización.

A través del análisis preventivo se pueden identificar casos que requieran rectificarse en el momento oportuno. Cuando la Administración solicita la rectificación, usted podrá hacerla de manera expedita, pues ya tiene todas las valoraciones necesarias.

Recién cerramos las obligaciones formales y materiales para el período 2024 y es el momento ideal para iniciar una estrategia preventiva. La implementación de TRIBU-CR activará sistemas de gestión y análisis de datos que incrementarán los procesos de fiscalización.

Prevenir siempre es más económico que corregir después.

Evitar traslados de cargos y sanciones administrativas representa una inversión rentable en tiempo y recursos.

Un equipo tributario bien preparado, respaldado por profesionales especializados, mitiga riesgos de manera efectiva y garantiza el cumplimiento normativo con altos niveles de éxito para los clientes.

Anticípese a la fiscalización y proteja su empresa. En Grupo Camacho Internacional, le ayudamos a mitigar riesgos, optimizar su estrategia tributaria y evitar sanciones.

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