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Hacienda paralizada hasta nuevo aviso

Anayansi Mora [email protected] | Viernes 20 mayo, 2022

Ana

Anayansi Mora Palma

Partner

Consortium Legal - Costa Rica

Si bien ha sido poca la información divulgada en relación con el alcance y dimensiones del hackeo al Ministerio de Hacienda sucedido ya hace más de un mes, lo que ha quedado claro con el transcurrir del tiempo es que el asunto es bastante más complejo de lo que muchos pensaban.

En medio de este panorama turbulento, el Ministerio de Hacienda ha venido adoptando una serie de insuficientes medidas contingentes, resolviendo recientemente suspender hasta nuevo aviso, las solicitudes y gestiones presentadas por los contribuyentes, incluyendo las que se encuentran actualmente en trámite.

A través de la resolución publicada en el Diario Oficial La Gaceta del pasado martes 17 de mayo, se ordena la suspensión de los plazos para atender gestiones de trascendencia, tales como solicitudes de exoneración, cambios de período fiscal, arreglos y fraccionamientos de pago, devoluciones, consultas tributarias, certificados de residencia fiscal y trámites ante el Registro Único de Contribuyentes, las cuales serán atendidas una vez sean restablecidos los sistemas.

Se autoriza la atención de aquellos trámites donde el contribuyente de forma voluntaria opte por presentar en físico nuevamente las diligencias que ya había gestionado a través de los canales habilitados, siempre y cuando para los efectos de lo requerido no se deban consultar los sistemas y bases de datos de la Administración.

La interrupción decretada alcanza la gestión de cobro de deudas, liquidaciones previas y procedimientos determinativos, incluyendo la interposición de recursos administrativos. Los procesos de auditoría deberán continuar su curso y en casos de requerimientos de información en los que los contribuyentes ya hubieran previamente entregado la documentación solicitada, si el equipo de cómputo del funcionario a cargo se ha visto comprometido, se autoriza a la Administración a requerirla nuevamente. Sin hacer referencia alguna respecto al lugar donde almacenará ese funcionario afectado esa información, con el fin de asegurar esta vez su custodia.

Si bien Hacienda justifica esta medida al encontrarse sujeta “ a los principios fundamentales del servicio público”, es incuestionable que una suspensión como la decretada está lejos de ser una medida contingente capaz de procurar la continuidad, seguridad y eficiencia del servicio, y garantizar la verdadera adaptación a todo cambio, según lo exige el artículo 4 de la Ley General de la Administración Pública.

Se acrecienta la incertidumbre en relación a cuándo volverán a funcionar con normalidad los sistemas de Hacienda y se resolverán finalmente las gestiones presentadas por los contribuyentes y sobre todo, de la ubicación actual de la información de naturaleza confidencial previamente confiada por los contribuyentes, y que la Administración Tributaria estaba legalmente llamada a resguardar.






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